37. Pero si le parece que la tiña está detenida y que ha salido en ella pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y lo declarará limpio el sacerdote.
38. Asimismo el hombre o la mujer, cuando tenga en la piel de su cuerpo manchas, manchas blancas,
39. el sacerdote las mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecen manchas blancas algo oscurecidas, es erupción que brotó en la piel; la persona es limpia.
40. Y si a un hombre se le cae el pelo de la cabeza, es calvo, pero limpio.
41. Y si se le cae el pelo de la frente, es calvo por delante, pero limpio.
42. Pero si en la calva de la cabeza o en sus entradas hay llaga blanca rojiza, es lepra que brota en su calva o en su entradas.
43. Entonces el sacerdote lo mirará, y si la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en sus entradas se parece a la lepra de la piel del cuerpo,
44. leproso es, es impuro; el sacerdote lo declarará impuro; en la cabeza tiene la llaga.
45. Y en cuanto al leproso en quien haya llaga, sus vestidos serán rasgados y su cabeza estará descubierta, y embozado pregonará: ¡Impuro! ¡Impuro!
46. Todo el tiempo que tenga la llaga quedará impuro; estará impuro y habitará solo; fuera del campamento será su morada.
47. Y cuando en el vestido haya mancha de lepra, sea vestido de lana o vestido de lino,
48. o en urdimbre o en trama, de lino o de lana, o en cuero o en cualquier objeto de cuero;
49. y si la mancha es verde o rojiza, en vestido o en cuero, o en urdimbre, o en trama o en cualquier objeto de cuero; es mancha de lepra y se ha de mostrar al sacerdote.
50. Y el sacerdote mirará la mancha, y encerrará la cosa manchada durante siete días.
51. Y al séptimo día mirará la mancha, y si se ha extendido la mancha en el vestido, o en la urdimbre, o en la trama, o en el cuero o en cualquier artículo que se hace de cuero, la mancha es lepra maligna; inmunda será.
52. Será quemado el vestido, la urdimbre o la trama, de lana o de lino, o cualquier objeto de cuero en que haya tal mancha, porque es lepra maligna; al fuego será quemado.
53. Y si el sacerdote mira, y no parece que la mancha se ha extendido en el vestido, o en la urdimbre, o en la trama o en cualquier objeto de cuero,
54. entonces el sacerdote mandará que laven donde está la mancha, y lo encerrará otra vez por siete días.
55. Y el sacerdote mirará la mancha después que sea lavada; y he aquí, si parece que la mancha no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la mancha, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.
56. Mas si el sacerdote la ve, y parece que la mancha se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, o del cuero, o de la urdimbre o de la trama.
57. Y si aparece de nuevo en el vestido, o en la urdimbre, o en la trama o en cualquier cosa de cuero extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello donde esté la mancha.