Reina-Valera 1909

Levítico 13:19-32 Reina-Valera 1909 (RVR1909)

19. y en el lugar de la úlcera haya un tumor blanco o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote.

20. Y el sacerdote la mirará, y si parece estar más baja que su piel, y su pelo se ha vuelto blanco, el sacerdote lo declarará impuro; es llaga de lepra que se originó en la úlcera.

21. Y si el sacerdote la examina y no aparece en ella pelo blanco ni está más baja que la piel, sino que está oscura, entonces el sacerdote lo encerrará durante siete días.

22. Y si se extiende por la piel, entonces el sacerdote lo declarará impuro; es llaga.

23. Pero si la mancha blanca ha permanecido en su lugar y no se ha extendido, es la cicatriz de la úlcera; y el sacerdote lo declarará limpio.

24. Asimismo cuando el cuerpo tenga en su piel quemadura de fuego y haya en la quemadura una mancha blanquecina, rojiza o blanca,

25. el sacerdote la mirará, y si el pelo se ha vuelto blanco en la mancha y ésta parece estar más hundida que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará impuro, por ser llaga de lepra.

26. Pero si el sacerdote la mira, y no aparece en la mancha pelo blanco ni está más baja que la piel, sino que está oscura, le encerrará el sacerdote durante siete días;

27. y al séptimo día el sacerdote la mirará; si se ha ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará impuro; es llaga de lepra.

28. Pero si la mancha ha permanecido en su lugar y no se ha extendido en la piel, sino que está oscura, es hinchazón de la quemadura. El sacerdote lo declarará limpio, porque es señal de la quemadura.

29. Y al hombre o a la mujer que le salga llaga en la cabeza o en el mentón,

30. el sacerdote mirará la llaga. Y si parece estar más profunda que la piel y el pelo en ella es amarillento y delgado, entonces el sacerdote lo declarará impuro; es tiña, es lepra de la cabeza o del mentón.

31. Mas cuando el sacerdote haya mirado la llaga de la tiña y ésta no parezca estar más profunda que la piel ni haya en ella pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de la tiña durante siete días.

32. Y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga, y si la tiña no parece haberse extendido, ni hay en ella pelo amarillento ni parece la tiña más profunda que la piel,