21. Pero de todo insecto alado que ande en cuatro patas podéis comer los que, además de sus patas, tengan zancas para saltar sobre la tierra;
22. éstos comeréis de ellos: la langosta según su especie, y el langostín según su especie, y el grillo según su especie, y el saltamonte según su especie.
23. Todo otro insecto alado que tenga cuatro patas lo tendréis en abominación.
24. Y por estas cosas seréis inmundos: Cualquiera que toque sus cuerpos muertos quedará impuro hasta el atardecer;
25. y cualquiera que lleve algo de sus cuerpos muertos lavará sus vestidos y quedará impuro hasta el atardecer.
26. Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, lo tendréis por inmundo; cualquiera que los toque quedará impuro.
27. Y de todos los animales que andan en cuatro patas, tendréis por inmundo cualquiera que ande sobre sus garras; cualquiera que toque sus cuerpos muertos quedará impuro hasta el atardecer.