27. No desampares al levita que vive en tus ciudades, porque él no ha recibido parte o herencia como tú.
28. Cada tres años reunirás el diezmo de los productos de ese año y lo depositarás a la puerta de tus ciudades,
29. para que cuando venga bien el levita, que no recibió parte o herencia como tú, bien el inmigrante, el huérfano y la viuda que viven en tu ciudad, puedan comer hasta quedar satisfechos. Y el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.